Dudas más frecuentes con la nueva ley para fichar en el trabajo
15 mayo, 2019 - Andrea Pérez Mosquera
La jornada laboral en España está fijada en 40 horas a la semana. Pero la estadística nos demuestra que este mandato legal no se respeta y son miles los trabajadores que acaban haciendo horas extra de forma habitual y que no las cobran como tales. Para evitar esta situación, se ha impuesto la obligación de fichar en el trabajo.
Tabla de contenidos
¿Qué dice la nueva regulación?
El Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo es el que regula este tema.
La norma impone la obligatoriedad para las empresas de llevar un registro horario de sus trabajadores. No solo respecto a los que desarrollan su jornada en las instalaciones de la empresa, también respecto a los trabajadores “móviles” como los comerciales, los que trabajan desde casa o los que estén en otra situación.
El objetivo de esta media es proporcionar a la Inspección de trabajo una herramienta más efectiva para poder controlar si las empresas están respetando los derechos de los trabajadores y no están alargando sus jornadas más de lo legalmente permitido.
¿Cómo es el registro horario?
La obligación de fichar en el trabajo está en vigor desde el pasado 12 de mayo. Atendiendo a lo que dispone el Estatuto de los Trabajadores sobre el registro horario, no existe una forma concreta de fichar.
Es la empresa la que debe acordar con los trabajadores la forma de llevar a cabo el registro. Sirve tanto el método tradicional de firma de los empleados en una hoja que detalle la hora de entrada y salida como los sistemas digitales que funcionan con tarjeta o incluso con huella digital.
Dada la obligatoriedad de cumplimiento de la norma, si empresa y empleados no llegan a un acuerdo sobre cómo realizar el registro horario, la decisión la tomará la organización.
En este vídeo puedes ver algunas alternativas para hacer el registro de la jornada:
¿Hay que registrar los descansos?
La legislación impone la obligación de registrar las horas de inicio y de fin de la jornada, pero no especifica nada sobre los tiempos de descanso. El registro o no de los mismos dependerá de lo que acuerden empresario y trabajadores.
¿Durante cuánto tiempo hay que conservar los datos?
La obligación de guardar los datos recae sobre la empresa. Deben conservarse durante un plazo de cuatro años y estar siempre a disposición de los trabajadores, de los representantes legales de los trabajadores y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
¿Tienen que fichar los teletrabajadores?
Sí, aquellos profesionales que llevan a cabo su trabajo desde su domicilio también tienen que hacer un registro horario.
Existen diversas formas de hacerlo, desde un app para móvil (que suele ser también la opción escogida por los comerciales y otros profesionales que no desarrollan su trabajo en un establecimiento de la empresa) a tarjetas que al insertarse en el ordenador comienzan a contar el tiempo de trabajo.
¿Tienen que fichar los autónomos?
La figura del autónomo es más próxima a la del empresario que a la del trabajador, por tanto queda exento de esta obligación.
Eso sí, si el autónomo tiene empleados, deberá disponer de medios para que sus trabajadores fichen.
¿Qué más excepciones existen a la obligación de fichar en el trabajo?
- Personal de alta dirección.
- Deportistas profesionales.
- Artistas en espectáculos públicos.
- Personal de servicio doméstico.
- Abogados que presenten servicios en despachos profesionales.
- Socios de cooperativas.
- Otras relaciones laborales excluidas de la regulación del Estatuto de los Trabajadores.
- Trabajadores que legalmente tengan establecido un régimen particular de registro de jornada. Por ejemplo los trabajadores con contrato a tiempo parcial.
¿Qué ocurre con las ETT?
En el caso de trabajadores cedidos por una ETT serán las empresa usuarias las que deban llevar el control de la actividad laboral de los trabajadores puestos a disposición.
¿Cómo fichar en caso de subcontratación?
La empresa contratista o la subcontratista será la responsable de cumplir con la obligación de llevar un registro horario de la jornada de los empleados.
¿La obligación de fichar en el trabajo prohibe las horas extra?
No, el objetivo de esta norma no es impedir que los trabajadores hagan horas extraordinarias. Lo que busca es que aquellas horas que se realizan de más sobre la jornada laboral normal sean abonadas efectivamente como horas extraordinarias (nunca con un precio inferior a la hora ordinaria) o compensadas con tiempo de descanso.
También se busca que no se intente disfrazar bajo el concepto de horas extraordinarias lo que en realidad es el trabajo habitual en la empresa. Se busca así evitar que las empresas abusen y reduzcan la plantilla al mínimo sabiendo que van a tener garantizado que el trabajo se realice.
¿Qué pasa si se incumple la obligación de fichar?
Las empresas que se salten la norma serán multadas con cuantías que pueden ir de los 626 a los 6.250 € en función de la gravedad de la infracción.
Terminamos con este vídeo en el que puedes ver cómo afecta la nueva obligación de fichar a los trabajadores:
Graduada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela y especializada en Comunicación corporativa y de marca. Ha trabajado en agencias de comunicación y publicidad, así como en departamentos de comunicación en empresas de diferentes sectores, como la moda, la sanidad o la industria del automóvil. En su tiempo libre se dedica a leer y aprender sobre nuevas técnicas de comunicación, desde la edición fotográfica y de vídeo hasta estrategias de narración creativa.
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