Portada / Blog / Características, ventajas y desventajas de las sociedades limitadas
Características, ventajas y desventajas de las sociedades limitadas

24 marzo, 2017 - Carlos Póstigo

Las ventajas de las Sociedades Limitadas ayudan al desarrollo y avance socioeconómico de un país. Generan productividad, crean puestos de trabajo y permiten con sus impuestos que todos los ciudadanos podamos disfrutar de los servicios públicos.

Sociedades Limitadas
Sociedades Limitadas

A la hora de iniciar un nuevo proyecto empresarial, nos surge la duda de qué tipo de sociedad es la mejor y más adecuada para nuestros intereses y objetivos que queremos alcanzar con el negocio.

No es lo mismo que inicies un nuevo proyecto tú solo por tu cuenta y riesgo, asumiendo todos los peligros en caso de no conseguir los resultado esperados que hacerlo en compañía de una serie de socios y minimizar el riesgo a nivel personal y familiar. Aquí entran las ventajas de las Sociedades Limitadas.

Desde cursos.com queremos incentivar la creación de nuevas sociedades con futuro y por ello queremos ofrecerte la mejor información acerca de cómo hacerlo y ofrecerte las ventajas de las Sociedades Limitadas que existen hoy en día. Para ello, a continuación te vamos a hablar de las Sociedades Limitadas, qué ventajas e inconvenientes tienen y si es la mejor opción para tu idea.

Tipos de Sociedades

En España actualmente existen diversos tipos de sociedades que te permiten dar cobertura legal a la hora de crear tu propia empresa. Te dejamos a continuación el listado con ellas. Para más información, puedes acceder a la web de CIRCE, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo:

  • Personas Físicas:
    • Empresario Individual
    • Comunidad de Bienes
    • Sociedad Civil
  • Personas Jurídicas:
    • Sociedad Colectiva
    • Sociedad de Responsabilidad Limitada
    • Sociedad Limitada Nueva Empresa
    • Sociedad Anónima
    • Sociedad comanditaria por acciones
    • Sociedad comanditaria simple
    • Sociedad Laboral
    • Sociedad Cooperativa
    • Agrupación de intereses económicos
    • Sociedad de inversión mobiliaria

Te dejamos un vídeo donde te explican los tipos de sociedades para PYMES:

En el caso de que lo que se busque sea administrar un patrimonio, una alternativa son las sociedades patrimoniales.

¿Qué son las Sociedades Limitadas?

Las Sociedades Limitadas o también llamadas legalmente Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), son un tipo de Sociedades Mercantiles con personalidad jurídica como las Sociedades Anónimas, las Sociedades Colectivas, las Sociedades Comandatarias por acciones y las Sociedades Comandatarias simples aunque asumiendo las propias ventajas de las Sociedades Limitadas.

Actualmente es el segundo tipo de forma societaria más entendido en España, existiendo a principio del 2.016 según datos del INE: 1.152.813 Sociedades Limitadas, representando el 35,61% del tejido empresarial total del país.

Esta cifra solo es superada por las Personas Físicas o Empresario Individual que asciende a un total de 1.681.838 autónomos, representando el 51,96% del total de empresas en España.

Una de las razones del éxito de las Sociedades Limitadas y que animan a los Empresarios Individuales a dar el paso es el hecho de poder limitar su responsabilidad al capital aportado, lo que permite evitar el tener que responder con el patrimonio personal ante posibles deudas.

Pero aunque este sea uno de los principales motivos para formar una Sociedad Limitada, existen otras razones por las que estos autónomos deciden dar el paso.

En este vídeo la Asesoría de Empresas de Madrid te explica qué es una Sociedad Limitada:

Características de las Sociedades Limitadas

La Sociedades Limitadas tienen que cumplir con una serie de requisitos establecidos por la normativa regaladora para que puedan funcionar como tales. Te presentamos a continuación estas características:

  • Personalidad: las Sociedades Limitadas son Personas Jurídicas.
  • Número de Socios: a la hora de formar este tipo de sociedad el número mínimo de socios es de uno, no habiendo límite máximo. Si hay solo un socio, se formaría lo que se llama una Sociedad Limitada Personal. Esta clase de sociedades la pueden formar tanto personas físicas como jurídicas.
  • Forma: las Sociedades Limitadas son Sociedades Mercantiles.
  • Tipo de socios: pueden formar parte tanto los socios trabajadores como los socios capitalistas, que son quienes ponen el dinero.
  • Responsabilidad societaria: al ser solidaria entre los socios y limitada al capital aportado por estos, los socios no responden con su patrimonio personal ante las deudas contraídas por la sociedad.
  • Capital social inicial: la cantidad mínima legal con la se puede crear este tipo de sociedades es de 3.000€, no habiendo límite máximo. Esta cantidad no tiene por qué se en dinero necesariamente, también puede ser en especie como el material de oficina, coche y cualquier otro bien siempre que haya habido un acuerdo sobre su valor entre los socios fundadores.
  • Denominación Social de la SL: es el nombre de la sociedad y tiene que ser original, para lo cual habrá que comprobar que no existe ya mediante consulta al Registro Mercantil Central. El nombre debe terminar en “Sociedad de Responsabilidad Limitada” o en “Sociedad Limitada” o sus abreviaturas correspondientes: SRL o SL.
  • Domicilio social: es obligatorio incluir una dirección física en España donde se ubica la empresa. Para un cambio de domicilio social dentro del mismo municipio solo es necesario que sea aprobado por el Administrador, siendo obligatorio hacerlo por la Junta de Socios en el caso de traslado a otro municipio diferente.
  • Objeto social: se refiere a la actividad o actividades a las que se va a dedicar la sociedad. A la hora de constituirse, se suele presentar un amplia cantidad de actividades para estar preparados por si en el día de mañana se amplían estas.
  • Administración y Gestión: el órgano encargado del buen funcionamiento de la sociedad puede tener diversas formas:
    • Administrador único: una única persona es la gestora.
    • Administradores solidarios: varios administradores que actúan por su cuenta pero con un compromiso común.
    • Administradores mancomunados: los administradores deben consensuar todas las decisiones.
    • Consejo de Administración: se exigen mínimo tres administradores.
  • Responsabilidad de la gestión: estas sociedades limitan la responsabilidad de la gestión a los administradores, no a los socios.
  • Junta General de Socios: se realiza siempre en los primeros seis meses del año y en ella se presenta la gestión realizada durante el año anterior, se aprueban las cuentas y el reparto de resultados. Es el máximo órgano de toma de decisiones en un Sociedad Limitada.
  • Las sociedad Limitadas quedan reguladas legalmente por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, que puedes ver aquí.

Te dejamos un vídeo con las características de las Sociedades Limitadas:

Ventajas de las Sociedades Limitadas

A partir de las características que te hemos presentado, ya te puedes ir haciendo una idea de la cantidad de ventajas de las Sociedades Limitadas que existen a la hora de decidirnos por este tipo de sociedades si queremos crear una empresa.

  • Ante el posible impago de las deudas, la responsabilidad recae sobre el capital social y nunca sobre los socios.
  • A la hora de la constitución, los trámites son mucho más sencillos y ágiles que los de una Sociedad Anónima, por ejemplo.
  • Si un autónomo decide constituir una Sociedad Limitada, contará con la protección de su patrimonio personal, al no tener que responder con él.
  • La cantidad de capital mínima exigida para su constitución es muy asequible incluso si va a ser unipersonal. Si existen más socios, este capital por cabeza es menor y por tanto más fácil su constitución.
  • En el caso de que un autónomo monte una Sociedad Limitada, podrá desgravar el sueldo que haya decidido como gasto.
  • A la hora de pedir financiación a los bancos, estos suelen estar más abiertos a ofrecerla puesto que reciben información clara de las empresas, lo que es anima a participar financieramente.
  • Al ser fijo el Impuesto de Sociedades (25%), a la hora de recibir beneficios, es mejor hacerlo como Sociedad Limitada, puesto que si se hace como empresario individual, se deberá pagar más cuanto más beneficios se obtengan.
  • Las Sociedades de Responsabilidad Limitada tiene muy buena imagen, lo que las permitirá poder acceder a concursos y a financiación pública y privada fácilmente.

Aquí puede ver un vídeo muy animado sobre estas las ventajas de las Sociedades Limitadas:

Desventajas de las Sociedades Limitadas

Como ya hemos visto, hay una gran cantidad de ventajas de las Sociedades Limitadas, pero a pesar de ello, existen algunos inconvenientes que hay que mencionar para tener una imagen realista de este tipo de sociedades.

  • Dificultad de reunir el capital social inicial en el caso de que un empresario individual quiera constituirse como Sociedad Limitada desde el principio.
  • Es difícil captar nuevos inversores puesto que las participaciones son difíciles de traspasar, teniendo prioridad los propios socios.
  • El periodo medio para formar una Sociedad Limitada es dos semanas, lo que no sería idóneo en el caso de que necesitemos montar una sociedad inmediatamente. De todas las maneras, existen entidades que reducen estos tiempos como puedes ver aquí.
  • Alto gravamen a pagar mediante el Impuesto de Sociedades si no se llega a unos beneficios mínimos.
Sociedades Limitadas
Sala de Juntas en una Sociedad Limitada

¿Qué impuestos deben pagar las Sociedades Limitadas?

Como es requisito inevitable en España, cualquier tipo de sociedad deberá hacer frente a una serie de impuestos, y en el caso de las Sociedades Limitadas estos se reúnen en los siguientes que te presentamos:

  • Impuesto de Sociedades

Básicamente este impuesto es lo que debe aportar la sociedad al Estado por sus beneficios. Actualmente y a raíz de la reforma fiscal del año 2.016, el porcentaje a aplicar es del 25% aunque varía según diversos criterios. Si la empresa se ha creado a partir del 1 de enero, se tributa al 15% el primer período con base imponible positiva y el siguiente. Aquí puedes ver otra de las ventajas de las Sociedades Limitadas

  • IVA

Aunque no es un impuesto que deba pagar la sociedad por su actividad, esta actuará como recaudadora por su relación comercial con otras entidades para las arcas públicas. Se deberá presentar tanto trimestralmente como un resumen anual.

  • IRPF

Corresponde a las retenciones que la sociedad debe realizar a sus trabajadores, profesionales y arrendadores e ingresar en la Agencia Tributaria.

Se debe presentar trimestralmente o mensualmente en el caso de grandes empresas, además de otra presentación anual.

  • IAE

Este impuesto depende de las autoridades locales y no estaremos obligados a presentarlo si no excedemos 1.000.000€ de volumen de negocio.

  • Otros

No hay que olvidar otros impuestos a los que deberá hacer frente la sociedad por sus actividades como por ejemplo el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles), la recogida de basuras, apertura del negocio, copias simples…)

Aquí te dejamos más información sobre el régimen tributario y de las ventajas de las Sociedades Limitadas.

En este vídeo Andalucía Emprende te explica cómo crear una Sociedad Limitada desde el principio:

 

Economía Empresas

Recibe información

Características, ventajas y desventajas de las sociedades limitadas

Estás a un clic de cambiar tu carrera ¡Te ayudamos a encontrar las mejores academias!

Recibe información gratis. Indícanos tus datos para que las academias se pongan en contacto contigo.

"*" señala los campos obligatorios

Hidden
¿Qué academias te gustaría que te informasen?*
Grupo Northius tratará sus datos personales para ofrecerle la información del programa formativo seleccionado y, en su caso, para tramitar la matriculación en el mismo.
Compartiremos su solicitud con las empresas que conforman el  Grupo Northius, con el objeto de que éstas puedan hacerle llegar la mejor oferta de productos y servicios de acuerdo a tu petición.
Quedan reconocidos los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación tal y como se explica en la  Política de Privacidad.
Y ya para finalizar...*
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.