¿Qué ayudas hay para padres solteros, divorciados o separados?
8 septiembre, 2017 - Carlos Póstigo
Si eres padre soltero, estás divorciado o separado, seguro que unas ayudas económicas te vendrán muy bien para hacer frente a todos los gastos que supone la manutención y educación de un hijo; y qué decir de si son dos, tres o más.
Desde diversos organismos tanto a nivel estatal como autonómico se ponen en marcha una serie de ayudas que te vendrán muy bien siempre y cuando cumplas con los requisitos que te pedirán.
Te dejamos una listado de ayudas para que puedas estudiar y analizar a cuál podrías optar.
Tabla de contenidos
Prestación económica por hijo o menor a cargo
Aunque no es exclusiva de familias monoparentales, la Prestación económica por hijo o menor a cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción consiste en una asignación económica por cada:
- Hijo menor de 18 años.
- Hijo mayor de 18 años afectado con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
En ambos casos será indiferente cuál sea la naturaleza legal de la filiación: natural, en régimen de acogimiento familiar, permanente o guarda con fines de adopción. Además, es condición indispensable que el hijo esté al cargo del beneficiario.
Requisitos
Los progenitores o adoptantes que quieran beneficiarse de esta asignación deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Residencia legal en territorio español.
- Tener a su cargo a menores de 18 años o mayores afectados por una discapacidad en un grado igual o superior al 65%.
- No tener derecho a prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social.
- Límites de ingresos:
- No percibir ingresos anuales, de cualquier naturaleza, superiores a 11.576,83€.
- Dicha cuantía se incrementa un 15% a partir del segundo.
- En el caso de familias numerosas los ingresos anuales no serán superiores a 17.423,84€.
- En los casos en que concurran 3 hijos a cargo, se incrementa en 2.822,18€ euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto, incluido éste.
- En el caso de solicitar la asignación por hijo o menor acogido con discapacidad, no se exigirá límite de ingresos para su reconocimiento.
- En el caso de convivencia entre los progenitores, se tendrá en cuenta la suma de los ingresos de ambos.
Cuantías
Se recibirá a asignación en función de:
- Hijos o menores a cargo menores de 18 sin discapacidad
HIJOS A CARGO | ASIGNACIÓN ÍNTEGRA ANUAL |
1 | 291,00 € |
2 | 582,00 € |
3 | 873,00 € |
4 | 1.164,00 € |
5 | 1.455,00 € |
6 | 1.746,00 € |
7 | 2.037,00 € |
8 | 2.328,00 € |
9 | 2.619,00 € |
10 | 2.910,00 € |
- Hijos o menores a cargo menores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 33%:
- 1.000,00€ anuales por hijo (250,00€ trimestrales).
- Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 65%:
- 414,80€ anuales por hijo (367,90€ mensuales).
- Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 75%:
- 622,80€ anuales por hijo (551,90€ mensuales).
Prestación económica por nacimiento o adopción
Con la prestación económica por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres con discapacidad, se ofrece la posibilidad de recibir una ayuda de pago único siempre que no se supere un determinado nivel de ingresos. Ten en cuenta que no se puede solicitar en los casos de acogida.
Requisitos
- La fecha de nacimiento o adopción debe ser posterior a 16/11/2007.
- Lugar de nacimiento y residencia de la familia dentro del territorio español.
- Familia monoparental constituida por un solo progenitor con el que convive el hijo y que es el único sustentador de la familia. Este progenitor será el beneficiario de la prestación.
- No tener derecho a prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social.
- No percibir ingresos anuales superiores a los establecidos en las siguientes tablas:
FAMILIAS NO NUMEROSAS | FAMILIAS NUMEROSAS | |||
HIJOS A CARGO | LÍMITE MÍNIMO DE INGRESOS | HIJOS A CARGO | LÍMITE MÍNIMO DE INGRESOS | |
1 | 11.576,83 € | 3 | 17.423,84 € | |
2 | 13.313,35 € | 4 | 20.246,02 € | |
3 | 15.049,87 € | 5 | 23.068,20 € | |
4 | 16.786,39 € | 6 | 25.890,38 € | |
5 | 18.522,91 € | 7 | 28.712,56 € | |
6 | 20.259,43 € | 8 | 31.534,74 € | |
7 | 21.995,95 € | 9 | 34.356,92 € | |
8 | 23.732,47 € | 10 | 37.179,10 € | |
9 | 25.468,99 € | |||
10 | 27.205,51 € |
Cuantía
La prestación se concede en un pago único de 1.000,00€.
De todas formas, en el caso de que el total de los ingresos percibidos sea superior al límite establecido pero inferior a la suma de dicho límite y los 1.000,00€, se abonará la diferencia entre los ingresos percibidos y el total de dicha suma.
Subsidios por desempleo
Si estás en el paro y se te ha agotado la prestación contributiva, puedes solicitar el subsidio por desempleo para personas con responsabilidades familiares.
Requisitos
- Estar desempleado.
- Estar apuntado al paro durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación. Además, deberás estar inscrito durante toda la percepción de la ayuda.
- Suscribir el compromiso de búsqueda activa de empleo.
- Tener responsabilidades familiares (aquí puedes ver sus condiciones)
- No tener ingresos, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
- Si estás percibiendo el subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años, no podrás solicitarlo.
Duración y Cuantía
Esta ayuda tiene una duración de 6 meses prorrogables por periodos semestrales y su duración está en función de la edad y el tiempo de la prestación contributiva agotada:
EDAD | PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA AGOTADA | DERECHO A |
< 45 AÑOS | 4 MESES | 18 MESES |
< 45 AÑOS | 6 MESES | 24 MESES |
> 45 AÑOS | 4 MESES | 24 MESES |
> 45 AÑOS | 6 MESES | 30 MESES |
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples que para el año 2016 se sitúa en unos 426€ mensuales.
Lectura recomendada: «¿Qué ayudas hay para madres solteras, separadas o divorciadas?«.
Cheque Familiar
La Agencia Tributaria también concede una ayuda a padres con hijos a su cargo a través de la Deducción de familia numerosa, por ascendiente con dos hijos o por personas con discapacidad a cargo, también llamada Cheque Familiar, consistente en una deducción del IRPF de 1.200€ al año. Para ello, el principal requisito es tener dos hijos al cargo.
A la hora de solicitar el abono de esta ayuda, se pueden deducir los 1.200€ en la declaración de la renta o pedir el abono por anticipado de 100€ todos los meses durante el año.
Permiso de paternidad
En caso de nacimiento, adopción o acogida, la prestación por paternidad te permitirá percibir un subsidio equivalente al 100% de tu salario durante los días que dejes de trabajar.
El periodo máximo de duración será de:
- 13 días ininterrumpidos ampliables en 2 días más por cada hijo a partir del segundo.
- 20 días cuando el nacimiento, adopción o acogida se produce en una familia numerosa o si el hijo tiene alguna discapacidad de al menos un 33%.
Los requisitos son:
- Estar afiliado o dado de alta en la Seguridad Social.
- Haber cotizado al menos 180 días en los últimos 7 años o 360 días a lo largo de la vida laboral.
Carné Monoparental
Gracias al Carné de Familia Monoparental, obtendrás un título que te permitirá beneficiarte de ventajas fiscales, beneficios y bonificaciones tanto a nivel público como privado. Además, es compatible con el Carné de Familia Numero, aunque no acumulables.
Actualmente este carné solo se puede obtener en dos comunidades: Cataluña y Comunidad Valenciana.
Beneficios
- Ayudas económicas a niños menores de 6 años.
- Descuentos en los títulos de transportes.
- Ayudas a la hora de adquirir una vivienda protegida.
- Subvenciones en el IBI.
- Descuentos en actividades turísticas.
Requisitos
- Familias con uno o más hijos menores de 21 años que dependen económicamente de un único progenitor.
- Familias con hijos mayores de 26 años con un grado de discapacidad reconocido.
- Los hijos al cargo deben convivir con el progenitor.
- Los hijos al cargo dependen económicamente del progenitor.
- Ten en cuenta otros factores que pueden influir según la Comunidad Autónoma. Por ejemplo, en Cataluña se valora si el abandono de la pareja, la privacidad de libertad de esta o a compatibilidad con las pensiones de viudedad u orfandad.
Ayudas autonómicas
- Ayudas de comedor
- Ayuda domiciliaria
- Ayudas para el transporte
- Acogida familiar
- Ayudas para familias con menores 3 años a cargo
- Ayudas de emergencia
- Subvenciones en el alquiler
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